lunes, 4 de febrero de 2019

Autonomía Si, pero con Límites


La comunidad de propietarios nos pasa la siguiente información para que la publiquemos:

Sabemos o más bien, estamos aprendiendo los límites de La denominada Autonomía de los Ayuntamientos, también estos están aprendiendo algo, ya que una vez tras otra a veces sus pretendidos reglamentos quedan fuera del ordenamiento jurídico, como ocurrió con la Ordenanza de Tasa de Basura de este Municipio de Cardiel de los Montes. Los sufridos contribuyentes especialmente de estos pequeños Municipios NO podemos estar permanentemente en alerta acudiendo a los Plenos para grabar su contenido, y así estar algo informado de lo que allí supuestamente se aprueba, porque de otra forma nos enteraríamos con un poco de suerte por la publicación en los respectivos BOPS de las provincias, y eso si acaso se publica.

Creemos y deberíamos exigir que deberían existir otros Organismos superiores por encima del Ayuntamiento, que puedan corregir estas a veces presuntas Irregularidades y no tener que acudir una y otra vez a la Justicia Contencioso-Administrativa para como nos ha ocurrido hace poco esperar 30 meses para que sea declarada RADICALMENTE NULA una de estas Ordenanzas o Reglamentos.

Ocurre y seguirá ocurriendo y en muchos casos ni nos enteraremos de muchos casos, por las dificultades expuestas.

Pero es que no queda aquí, siguen y siguen intentándolo porque saben de nuestra desazón y del amparo al que están sometidos con esa figura legal llamada “seguridad jurídica” de la que habría mucho que debatir, y claro no nos corresponde obviamente s nosotros.

Dicho todo esto, al día de hoy los vecinos de este pequeño Municipio y principalmente los que componen esta Urbanización Atalaya del Alberche, nos vemos inmersos otra vez en otra situación igual a la de 2.015.

La imposición de otra Ordenanza presuntamente ANTICONSTITUCIONAL y presuntamente DISCRIMINATORIA.

Entre la información que facilitaremos en la próxima Junta General Ordinaria, a celebrar el próximo mes de Febrero, (sin confirmar aún fecha), se encuentra lo relacionado con otra Ordenanza Fiscal, aprobada definitivamente ‪el 27 de Noviembre de 2.018, una vez como de costumbre desestimadas todas las ALEGACIONES presentadas por esta Comunidad de Propietarios, y que nos obliga a la interposición de otro Contencioso Administrativo, solicitando la ANULACIÓN RADICAL de esta presunta Ordenanza, repleta de presuntas Irregularidades en todos los órdenes.

Por ello, hemos remitido y facilitaremos toda la documentación relacionada con la elaboración y aprobación de este nuevo y presunto despropósito, para que tengan una visión amplia del contenido (del llamado estudio económico) en el que han justificado su imposición, y aprecien los métodos de cálculo aplicados a lo que ellos llaman (sin ninguna justificación real) dos núcleos de población diferenciados.

Una vez que Udes. los hayan analizados a simple vista, observaran el presunto método como poco ARCAICO.
Por razones obvias no exponemos este supuesto estudio económico en este foro, por su dimensión y dificultad de lectura aquí, pero al tratarse por supuesto de un documento público está a disposición de quien nos lo solicite.

Junta Directiva/Comité Asesor de la Comunidad de Propietarios Urbanización Atalaya del Alberche. 2 de febrero de 2.019

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