También denominada CATASTRAZO,
Se aprobó por ley 16/2012 iniciada por el MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y HACIENDA, y se aplica a las viviendas que han alterado su
construcción, ampliando las mismas, piscinas, etc. que en su día no fueron
notificadas a la Dirección del Catastro, para su inspección se usaron medios
aéreos de todo tipo drones, avionetas etc.
También lo llaman erróneamente amnistia, ya que permite regularizar sin multas nuestras propiedades.
La tasa establecida es de 60,- € por propiedad, que (argumentan)
es para sufragar los costos de los medios utilizados.
Se añade en diversas informaciones que lo recauda el
propio Catastro y no los Ayuntamientos, como ocurre con el IBI.
- Debido al carácter retroactivo, se deben
pagar los atrasos de los últimos 4 años, ya que los anteriores han prescrito.
Este es el documento que habéis recibido algunos (muchos)
propietarios recientemente, y que si recordamos ya suscitó controversias en el
bando que nuestro Ayuntamiento anunció el pasado 5 de agosto y que reproducimos
a continuación (pinchar en enlace).
Todos los Ayuntamientos se han o se van a adherir a esta
ley, y el nuestro lo hizo en 2016, según quedó publicado en el BOLETÍN OFICIAL
DEL ESTADO número 45 de fecha 22/2/2016, que también reproducimos (pinchar en enlace).
Fuente: Junta
Directiva/Comité Asesor de la Comunidad de Propietarios Urbanización Atalaya
del Alberche


No hay comentarios:
Publicar un comentario